¿Vas a viajar pronto a España? Si ese es el caso, es de vital importancia que conozcas los requisitos para entrar a territorio español. Ya sea que vayas como turista o por otro motivo, hay una serie de requisitos que debes cumplir. Sí, puede parecer mucho, pero te lo voy a resumir.
¿Cuáles son los requisitos para ingresar al territorio español?
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Pasaporte vigente
Debe tener una validez mínima de 3 meses después de la fecha de salida del espacio Schengen.
Debe haber sido emitido en los últimos 10 años.
Visado Schengen (si aplica)
Los ciudadanos de países que no tienen convenio de exención con la UE necesitan tramitarlo antes de viajar.
Estadía máxima permitida: 90 días dentro de un período de 180 días.
Billete de ida y vuelta
Debes presentar el boleto de avión de ida y regreso.
Es importante que la fecha de salida no supere los 90 días permitidos como turista.
Reserva del alojamiento
Debes tener un alojamiento confirmado, ya sea mediante reservas de hotel, una carta de invitación de un familiar o residente, u otro tipo de prueba.
Las fechas de la reserva deben coincidir con el periodo completo de tu estancia en España.
Medios económicos suficientes
Debes demostrar que cuentas con al menos 113 euros por día, con un mínimo total de 1.017 euros.
Puedes presentar efectivo, estados de cuenta bancarios, tarjetas con sus respectivos extractos, etc.
Seguro de viaje
Obligatorio. Debe cubrir al menos 30.000 euros y tener validez en todo el espacio Schengen.
Debe incluir asistencia médica, hospitalización y repatriación por motivos médicos o fallecimiento.
Motivo del viaje claro
Debes poder explicar de forma clara el propósito de tu visita (turismo, visita a familiares o amigos, etc.).
A veces es útil tener un itinerario o actividades previstas.
VIAJES DE ESTUDIO U OTRO TIPO DE FORMACIÓN
Si tu caso es diferente y quieres estudiar un master o doctorado, además de los requisitos anteriores también deberás tener en cuenta que se pedirá también los siguientes documentos:
1. Documento de matrícula de un centro de enseñanza para participar en cursos teóricos y prácticos de formación.
2. Certificados relativos a los cursos seguidos.
3. Seguro medico privado
4. No estar sujeto a una prohibición de entrada (inscrito en el S.I.S. o en el Registro Nacional).
Son causas de prohibición de entrada:
Haber sido previamente expulsado o devuelto por España o algún Estado Schengen.
Tener prohibida la entrada de forma expresa por actividades contrarias a los intereses de España o a los derechos humanos o por su notoria conexión con organizaciones delictivas.
Estar reclamados internacionalmente por causas criminales.
No suponer un peligro para la salud pública, el orden público, la seguridad nacional o las relaciones internacionales de España o de otros Estados con los que España tenga un convenio en tal sentido.
No haber agotado 3 meses de estancia en los 6 meses anteriores que se cuentan desde la fecha de la anterior entrada (art. 20.1 Schengen y art. 30 Ley).